Normativa, Plan hidrológico de la cuenca
Según el anejo nº1 de la Orden Ministerial de 24 de septiembre de 1992 (BOE del 16 de octubre de 1992), por la que se aprueban las instrucciones y recomendaciones técnicas complementarias para la elaboración de los Planes Hidrológicos de cuencas intercomunitarias, salvo justificación especial en contrario*, las dotaciones máximas admisibles de abastecimiento urbano, incluidas las necesidades industriales integradas en la red, no rebasarán los siguientes valores por habitante y día, referidos al recurso en su punto de captación**:
** Si bien las dotaciones calculadas pueden ser modificadas por justificación técnica adecuada, los valores máximos que aquí se establecen tienen como finalidad fijar las dotaciones según las necesidades reales y fomentar el uso racional del recurso.
** Las dotaciones que se indican incluyen las pérdidas en conducciones, depósitos y distribución. Se refieren, por tanto, a volúmenes suministrados.
PRIMER HORIZONTE: AÑO 2002 | |||||
Población abastecida por el sistema (Municipio, área metropolitana, etc.) | Actividad Industrial Comercial | ||||
Alta | Media | Baja | |||
Litros/habitante/día | |||||
Menos de 10.000 habitantes | 270 | 240 | 210 | ||
Entre 10.000 y 50.000 habitantes | 300 | 270 | 240 | ||
Entre 50.000 y 250.000 habitantes | 350 | 310 | 280 | ||
Más de 250.000 habitantes | 410 | 370 | 330 |
SEGUNDO HORIZONTE: AÑO 2012
Población abastecida por el sistema (Municipio, área metropolitana, etc.)
Actividad Industrial Comercial
Alta
Media
Baja
Litros/habitante/día
Menos de 10.000 habitantes
280
250
220
Entre 10.000 y 50.000 habitantes
310
280
250
Entre 50.000 y 250.000 habitantes
360
330
300
Más de 250.000 habitantes
410
380
350
Establecimiento |
Dotación (máximo litros/plaza/día) |
Camping |
120 |
Hotel |
240 |
Apartamento |
150 |
Chalé |
350 |
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