Chebro  Gobierno de España  Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico  Confederación Hidrográfica del Ebro
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ANEXO 10: NORMAS PARA EL CÁLCULO HIDRÁULICO DE OBRAS DE FÁBRICA SOBRE CAUCES NATURALES

Normativa, Plan hidrológico de la cuenca

 

1. INTRODUCCIÓN

Atendiendo a las recomendaciones expuestas en el "Informe sobre la previsión de la avenida catastrófica en las obras sobre cauces", redactado por Enrique Díaz Rato, Rodolfo Urbistondo y Enrique Villarino, a petición de la Junta de Gobierno sobre el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, se redactan estas sencillas normas sobre las condiciones, que desde el punto de vista del desagüe, deben cumplir las obras construidas sobre cauces naturales.

Estas normas que se adjuntan se circunscriben únicamente a la Cuenca del Ebro, dividiéndose las mismas en los tres grupos siguientes:

- Cálculo de los caudales de proyecto.

- Cálculo de las sebreelevaciones producidas por las obras de fábrica proyectadas.

- Criterios limitativos de las obras de fábrica proyectadas.


2. CÁLCULO DE LOS CAUDALES DE PROYECTO

Para el cálculo de los caudales de avenidas se ha dividido la cuenca del Ebro en cuatro zonas como puede observarse en el croquis adjunto. La cuenca en estudio se tomará toda ella como perteneciente a la zona de menor numeración, es decir que si, por ejemplo, una cuenca pertenece simultáneamente a las zonas I, II y III, se deberá entender que toda ella está incluida en la zona I. Con este criterio se calculará la avenida por medio de las siguientes fórmulas según las diferentes zonas.
Una vez obtenidos estos valores para obtener el caudal de una avenida de período de retorno dado deberá multiplicarse dicho valor por el siguiente coeficiente:


PERÍODO DE RETORNO
COEFICIENTE
1.000
1,44
500
1,30
100
1,00
50
0,88
25
0,76
10
0,59
5
0,46

En el caso en que se estudie una cuenca donde se prevean arrastres importantes o en aquella cuya pendiente media sea superior al 5%, el caudal calculado por el método anteriormente expuesto deberá multiplicarse por el siguiente coeficiente.

PERÍODO DE RETORNO
COEFICIENTE
1.000
1,36
500
1,31
100
1,20
50
1,15
25
1,11
10
1,05
5
1,00



3. CÁLCULO DE LAS SOBREELEVACIONES POR LAS OBRAS PROYECTADAS

Definimos las siguientes notaciones:

ZL(T) Altura del agua en el cauce, para la avenida de período de retorno T, en un punto situado inmediatamente aguas arriba de las obras y sin estar éstas construidas.

ZC(T) Igual que antes pero con las obras construidas

ZP Altura correspondiente al punto más alto de la superficie de desagüe de las obras.

VL(T) Velocidad media del agua en la sección del puente sin considerar construido éste y para una avenida de período de retorno T.

VC(T) Igual que lo anterior pero considerando la existencia del puente.

I Pendiente media de la cuenca estudiada, en tanto por ciento.


La sobreelevación producida por las obras se calculará por medio de la siguiente fórmula:


AH(T) = ZC(T) - ZL(T) = 1,4 (VC2(T) - VL2(T))/2g



4. CRITERIOS LIMITATIVOS DE LAS OBRAS PROYECTADAS

Se consideran las siguientes posibilidades de obras en el cauce atendiendo a diversas características tanto de las obras como de la cuenca en estudio:

I. Obras sumergibles en cuencas de más de 5 km2 donde se prevén arrastres o bien con una pendiente media mayor del 5%.

II. Obras sumergibles en cuencas mayores de 5 km2 donde siendo la pendiente media de la cuenca menor del 5% no se prevean arrastres.

III. Obras sumergibles en cuencas menores de 5 km2 donde se prevén arrastres o bien con una pendiente media mayor del 5%.

IV. Obras sumergibles en cuencas menores de 5 km2 donde siendo la pendiente media de la cuenca menor del 5% no se prevén arrastres.

V. Obras no sumergibles en condiciones análogas al caso I.

VI. Obras no sumergibles en condiciones análogas al caso II.

VII. Obras no sumergibles en condiciones análogas al caso III.

VIII. Obras no sumergibles en condiciones análogas al caso IV.


Ficheros:

PDF: N_a10_p6.PDF  Ver condiciones limitativas para cada caso (44 Kb)

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