Chebro  Gobierno de España  Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico  Confederación Hidrográfica del Ebro
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Unidad hidrogeológica nº 5: Treviño

Anexo 7, Normativa Plan Hidrológico de la Cuenca

TRABAJOS PREVIOS:

- Los necesarios para la determinación de los parámetros hidráulicos.

NORMAS DE EXPLOTACIÓN:

- Se consideran captaciones de escasa importancia las de profundidad menor de 25 m.

ZONIFICACIÓN:

Zonas sin restricciones:

- Toda la parte de la unidad no sujeta a algún tipo de limitación.

Zonas condicionadas:

- Toda la superficie de afloramientos carbonatados jurásicos y cretácicos.

Zonas con limitaciones específicas:

- El desfiladero de Pancorvo en una banda de 500 m. desde el eje del Oroncillo.

Zonas de protección para uso en abastecimiento urbano:

- Es conveniente establecer el perímetro de protección del manantial de San Antón, desde el que se abastece Miranda de Ebro.

Zonas no autorizadas:

- El área centro-oriental comprendida entre el río Natapán y el arroyo de San Miguel (entorno de 500 m. desde el manantial de San Antón)

RECOMENDACIONES:

- Control foronómico y piezométrico

- Investigación de la cubeta del arroyo del Somo y realización de algún sondeo de investigación.

 

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