Chebro  Gobierno de España  Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico  Confederación Hidrográfica del Ebro
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Unidad hidrogeológica nº 7: Sierra de Cantabria

Anexo 7, Normativa Plan Hidrológico de la Cuenca

TRABAJOS PREVIOS:

- Estudios hidrogeológicos orientados a la determinación de los parámetros hidráulicos, trazado de isopiezas, relación entre las aguas superficiales y las subterráneas, régimen de descarga de los manantiales y relación con las unidades contiguas.

NORMAS DE EXPLOTACIÓN:

- Se consideran de escasa importancia las captaciones de menos de 25 m. de profundidad.

ZONIFICACIÓN:

Zonas sin restricciones:

Zonas condicionadas:

- Las partes de la unidad no sometidas a ningún otro tipo de condicionante.

Zonas con limitaciones específicas:

- La situada al este de Peñacerrada hasta Pipaón y Puerto Herrera y el entorno de Berganzo.

Zonas de protección para uso en abastecimiento urbano:

- Se considera conveniente el establecimiento de perímetros de protección del manantial de Peñacerrada, los pozos de abastecimiento a Laguardia y Rioja alavesa.

Zonas no autorizadas:

RECOMENDACIONES:

- Control piezométrico y foronómico.

- Adecuación de las estaciones de aforo.

- Replanteamiento de los límites de la unidad hidrogeológica.

- Control de los volúmenes bombeados.

- Desarrollar estudios específicos para elaborar las normas de otorgamiento de concesiones.

 

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