Anexo 7, Normativa Plan Hidrológico de la Cuenca
TRABAJOS PREVIOS:
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NORMAS DE EXPLOTACIÓN: - Se consideran captaciones de escasa importancia las de profundidad menor de 25 m. |
ZONIFICACIÓN: Zonas sin restricciones: |
Zonas condicionadas: - Todas las áreas de la unidad no sujetas a algún tipo de condicionamiento. |
Zonas con limitaciones específicas: - Zona situada al W y S del manantial de Arteta, y zona situada al N y NW del manantial de Riezu. |
Zonas de protección para uso en abastecimiento urbano: - Es conveniente establecer perímetros de protección en el manantial y pozos de Arteta, actualmente en fase de aprobación (abastecimiento a la Mancomunidad de Pamplona), y manantial y pozos de Riezu (abastecimiento a la Mancomunidad de Valdizarbe). |
Zonas no autorizadas: |
RECOMENDACIONES: - Control piezométrico y foronómico. - Adecuación de secciones de aforo. - Control de los volúmenes bombeados en los pozos de Arteta y Riezu. - Replanteamiento de los límites de la unidad hidrogeológica. |
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